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REVOCAR EL MUNICIPIO DE URIBIA

Actualizado: 27 feb 2024

Lo que se dice y predica en los conciliábulos de la política guajira es que Gustavo Francisco debe coger el toro por los cachos, cuando de atacar la corrupción local se trate. Incluso, hasta mi compadre Antagónico Franco, él que es tan porfiado, defiende la tesis de que es imposible sacar adelante la sentencia 302, sin antes revocar el funcionamiento del municipio de Uribia. Sostiene mi compadre que no entiende cómo se les pasó tremendo gol a los muchachos de la Corte Constitucional, que fueron tan minuciosos y exigentes en la fundamentación de dicho fallo. Yo, al principio, no entendía lo que significaba revocar al municipio de Uribia, hasta que mi compadre, con tiza en mano, me lo explicó en un tablero con pelos y señales, de la siguiente forma: resulta y pasa, me dijo, que en el territorio de lo que es Uribia hay dos entidades territoriales. Una, la que corresponde al viejo municipio de Uribia, que es la que se dice que originalmente se llamaba ranchería Ichitki, hasta que un primero de marzo del año 1935, al cachaco Eduardo Londoño Villegas se le dio por llamarla Uribia, erigiéndola en una entidad territorial, para los fines relativos al funcionamiento administrativo e institucional. La otra, que también se llama Uribia, lo mismo que la anterior, es igualmente una entidad territorial y está situada geográficamente encima de la otra, aunque realmente está por debajo de aquella, prácticamente en el vientre, literalmente. El viejo cascarón jurídico de ochenta y ocho añitos de vida, es el que está a cargo de patrocinar la peor corrupción del país, es el aparato que ejerce el gobierno que debería ejercer con autonomía la otra Uribia, a donde llegan a abrevar políticos y politiqueros de todas las tendencias en búsqueda de votos al por mayor y al detal, el espacio donde se cuecen inverosímiles contratos y se extravían con la mayor facilidad los billones de las regalías y del sistema de participación de los indígenas en las rentas nacionales, allí se tejen las peores componendas para elegir y reelegir alcaldes y gobernadores, senadores de diferentes partidos, plazas y orígenes. Es el lugar político donde con la mayor facilidad del mundo se planea y genera lo que la Corte en el aludido fallo denominó como una vulneración masiva y generalizada de varios derechos constitucionales que afecta a un número significativo de personas que tiene que ver en parte a una prolongada omisión de las autoridades y, especialmente, autoridades del orden territorial, que parecieran dejar o trasladar al Gobierno Nacional la carga de solucionar la crisis de hambre del Pueblo Wayuu. Esta es la Uribia que hay que revocar para que sobreviva dignamente la otra Uribia, la que quiso el Constituyente del 91, la del respeto a la Diversidad Étnica y Cultural, la de la teórica progresividad y no regresividad de sus derechos, la que está pasando hambre y padeciendo sed, la que no tiene esperanzas, la que no tiene cómo salvar a sus niños del hambre y de la enfermedad, la de la propiedad privada del colectivo wayuu, la que fue invadida, primero, para construir el puerto, el aeropuerto, el ferrocarril y la carretera de la minería, y recientemente, por el pasado gobierno, para instalar ilegalmente los rentables parques eólicos por encima de los derechos de la gente.

Estoy de acuerdo con revocar a la Uribia que no sirve y traspasarle las atribuciones de la Constitución y los tratados internacionales al pueblo wayuu, a la Uribia históricamente indígena, a sus autoridades legítimas para que ejerzan su gobierno propio, construyan su proceso autonómico, lancen sus propios candidatos, elijan a sus alcaldes, concejales y diputados, vayan al Congreso por derecho propio, organicen su adecuada normatividad electoral, en vez de estar mendigando a sus usurpadores un porcentaje de sus propios recursos presupuestales. En eso quiero ver embarcado a Gustavo Francisco y a Francia Elena.

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